EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:la siguiente

 O R D E N A N Z A  Nº 7.305/17.-

 

ARTICULO 1º: Convalídese la Addenda modificatoria del contrato celebrado con fecha 13 de enero de 2017, celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B) y la Facultad Regional de San Nicolás, modificando la cláusula segunda, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “La Municipalidad abonará a la Facultad, a partir del 1º de julio de 2.017, la suma de Pesos Doscientos Cuarenta Mil ($ 240.000,00) mensuales.-

ARTICULO 2º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

 

Expediente Nº 15.886/17.-