EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.339/17

 

ARTÍCULO 1º: Autorizase a el propietario del comercio, ubicado en la esquina de  Avenida Alsina y Alberdi (Slosse Productos Químicos S.R.L.), cuyos datos catastrales son: Circ.: I, Sección: A, Manzana 57, Parcela 16-e, Partida 20.604, al uso del Espacio Público para la colocación de Discos destinados a la Prohibición de Estacionamiento en el frente la propiedad sobre calle Alberdi, concediendo una ampliación a partir del cono de visibilidad de tres (3) metros sobre calle Alberdi; para carga y descarga de mercadería.-

 

ARTÍCULO 2º: Dicho espacio público, quedara autorizado previo pago de la Tasa  Municipal correspondiente al uso del espacio público.-

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

Expediente Nº 15.870/17.-