EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7350/17.
ARTICULO 1º: Autorizase a la Sra. Anabella Lazcoz, D.N.I. 36.905.614, el Uso del Espacio Público y corte de calle Padre Doglia, entre Alte. Brown y Belgrano de la ciudad de Chacabuco, el día 27 de octubre de 2.017, en el horario de 15:00 a 17:00 hs. y de 18:00 a 20:00 hs. con motivo de realizar un cortometraje que forma parte de la tesis final de la carrera de cine que cursa la solicitante.-
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.-
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente Nº 15.956/17.-