EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7352/17.
ARTÍCULO 1º: Convalídese Contrato de Locación celebrado, con fecha 28 de julio de 2.017, entre la Municipalidad de Chacabuco y el Sr. Ricardo Arnoldo Carboni, (D.N.I. 12.653.406), cuyo destino será, uso y funcionamiento de la Comisaría de la Mujer.-
ARTÍCULO 2º: El objeto del contrato descripto en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, tendrá como destino el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circ: 1º; Sec. A; Manzana: 14; Parcela: 18; Subparcela: 2. Partida: 5412.-
ARTÍCULO 3º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente Nº 15.996/17.-