EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7355/17.
ARTICULO 1º: Adjudíquese gratuitamente, a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco, una porción de terreno libre, ubicada en el sector de uso comunitario, del Sector Industrial Planificado (SIP), conforme lo establece la Ordenanza Nº 2930/2000; de 40 metros de frente, por cuarenta y ocho metros de fondo, según plano que se adjunta a la presente como anexo 1.- Expte. Administrativo Nº 4029-4245/16.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Expediente Nº 15.990/17.-