EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7355/17.

 ARTICULO 1º:  Adjudíquese gratuitamente, a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de  Chacabuco, una porción de terreno libre, ubicada en el sector de uso comunitario, del Sector Industrial Planificado (SIP), conforme lo establece la Ordenanza Nº 2930/2000; de 40 metros de frente, por cuarenta y ocho metros de fondo, según plano que se adjunta a la presente como anexo 1.- Expte. Administrativo Nº 4029-4245/16.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

 

Expediente Nº 15.990/17.-