EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.436/17.

 

ARTÍCULO 1º: Establézcase la colocación de carteles informativos con el sistema de  lectoescritura Braille en todas las oficinas y dependencias municipales del Partido de Chacabuco.-

 ARTICULO 2º: El Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del área que corresponda, tendrá facultad de reglamentar el tamaño, la ubicación, el material y la forma que tendrán los carteles informativos.-

ARTICULO 3º: El Poder Ejecutivo Municipal, por intermedio del área que corresponda, y  conforme lo establezca la reglamentación, deberá promover e incentivar, campañas de difusión relacionadas al conocimiento del funcionamiento de los carteles de señalización con lectoescritura en sistema.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

 

Expediente Nº 16.104/17.-