EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 7493/18.

 

ARTICULO 1º:Declárese Patrimonio Histórico y Cultural de la Ciudad de Chacabuco (B), al Edificio situado en Av. Solís y San Martín, perteneciente a la Sociedad protectora de Anciano Desvalidos. –

ARTICULO 2º: Elévese a la Honorable Cámara de Diputados de la Pcia de Buenos Aires, para su tratamiento y promulgación

ARTICULO 3º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. –

 

Expediente Nº 16.193/18.-