EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.498/18
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de la Licitación Privada Nº 9/18, a adjudicar al único oferente presentado, Cooperativa Agropecuaria de Granjeros Unidos de Chacabuco Limitada, para adquisición de CICUENTA Y UN MIL LITROS DE GAS OIL, por un monto de Pesos Un Millon Setenta Mil Cuatrocientos Noventa ($1.070.490) IVA incluido, destinados al abastecimientos de vehículos afectados al Corralón Municipal, conforme surge de las clausulas, especificaciones técnicas y resultado de las actuaciones que obran en el Expediente Administrativo Municipal Nº 4029-456/18, y lo establecido por el artículo 151 ss. y ccs., de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios. –
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase. –
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
EXPTE. Nº 16.253/18.-