EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.569/18
ARTICULO 1º:Otórgase a Asociación de Bomberos Voluntarios de O’Higgins, (Entidad de Bien Público Nº 147), la eximición del 50 %, del pago de impuestos, aranceles y/o tasas, establecidos por Ordenanza 2402/00, de una rifa destinada a la recaudación fondos, en el marco de la organización del Festival Provincial de la Empanada. –
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
EXPTE. Nº 16.268/18.