EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.687/18
Derogada por Ordenanza Nº 9828/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Jorge Eduardo Unsain, (DNI: 4.975.541), el Uso del Espacio Público en calle Zapiola Nº 93, de la ciudad de Chacabuco (B), para reserva de estacionamiento, y la colocación Discos de «Prohibición de Estacionamiento» y «pintado de cordón amarillo», frente a su domicilio.
ARTÍCULO 2º: Dicho Espacio Público quedará autorizado sin cargo para el propietario, ya que el mismo cuenta con el correspondiente certificado de discapacidad (De acuerdo a lo indicado en la Ley 24.314, de Protección Integral de los Discapacitados)»El Municipio debe reservar un lugar frente al domicilio del discapacitado, o a metros, para estacionar el auto» sin costo alguno para el solicitantes.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTÍCULO 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
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DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
Expediente Nº 16.522/18.-