EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 7.830/18.
ARTICULO 1º:Autorícese a la Oficina de Comercio Pymes y Emprendedores, Coordinador Sr. Juan Ozan, DNI: 23.516.542, el Uso del Espacio Público, en plaza San Martín, de la ciudad de Chacabuco, el 22 de diciembre de 2018, en el horario de 06:00 hs. a 16:00 hs.. Motivo: Mercado de Abastecimiento Barrial.
ARTICULO 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, puestos, carpas y gazebos.
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTÍCULO 6º:Comuníquese por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes a la utilización de Espacio Públicos.
ARTÍCULO7º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
Expediente Nº 16.921/18.-