EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7858/19
ARTICULO 1º:Autorícese a la Oficina de Comercio Pymes y Emprendedores, Coordinador Sr. Juan Ozán, DNI: 23.516.542, el Uso del Espacio Público, en plaza Gral. Paz, de la ciudad de Chacabuco, el 02 de febrero de 2019, en el horario de 07:00 hs. a 15:00 hs.. Motivo: Mercado de Abastecimiento Barrial.
ARTICULO 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, puestos, carpas y gazebos.
ARTICULO 3º: Los Solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante el desarrollo de la actividad.-
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.-
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS SEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
EXPTE. Nº 16.952/19