EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7861/19
ARTICULO 1º: Rectificase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 6012/2013,quedando redactado el de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º: Declárese de Interés Social, la Escrituración de Inmueble correspondiente al Plan Familia Propietaria, perteneciente a la Sra. Mabel Lorena Ventre, DNI: 22.575.281, Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección G, Quinta 537, Manzana 537-d-, Parcela 15, de la Ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires según Ley 10.830 Arts. 2º y 4º inc. c y d. Expediente Administrativo D.E. Nº 4029-1741/13”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.-
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS SEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
EXPTE. Nº 16.965/19