EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7931/19
ARTICULO 1º: Autorizase a Iglesia Vida en Dios y en representación de la misma a su Presidente Sr. José Luis Roldan, DNI: 14.345.849, el Uso del Espacio Público, en plaza Gral. San Martín y en calles de la ciudad de Chacabuco, el día 20 de abril de 2019, en el horario de 10:00 hs. a 11:30 hs. Motivo: Actividad Evangelística – Caminata (Se adjunta plano).
Detalle del recorrido:
Inicio 10:00 hs.
Punto de Partida: calle Espora Nº 326, continuando por calles, Balcarce, San Isidro Labrador, Villegas, y avenidas, Alsina, Vieytes, Solís, Lamadrid, Urquiza, Miguel M. Gil, Arenales, Raúl R. Alfonsín, Garay, y Alsina (en avenidas uso de una sola mano o carril).
Punto de llegada: Plaza Gral. San Martín.
ARTICULO 2º: Autorizase a Iglesia Vida en Dios y en representación de la misma a su Presidente Sr. José Luis Roldan DNI: 14.345.849, el Uso del Espacio Público, en plazas de la ciudad de Chacabuco, desde el día 20 de abril, al día 10 de mayo de 2019, en el horario de 10:00 hs. a 11:30 hs. Motivo: Actividad Evangelística
ARTÍCULO 3º: A fin de llevar a cabo la actividad señalada en el artículo anterior, permítase a los solicitantes, instalar en las plazas en las que se autoriza el uso del espacio público, un Gazebo, una mesa y cuatro sillas y banners identificatorios.
ARTÍCULO 4º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de las actividades mencionadas en los artículos 1º y 2º.
ARTICULO 5º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTÍCULO 6º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 8º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
EXPTE. Nº 17.090/19