EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.049/19
ARTICULO 1º: Autorizase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chacabuco, y en representación de la misma al Sr. Leonardo Aldo Cámera, DNI: 35.051.450, el Uso del Espacio Público y Corte de calle Zapiola entre avenida Solís y calle Entre Ríos, de la ciudad de Chacabuco, el día 2 de junio de 2019, en el horario de 14:00 hs a 17:00 has. Motivo: Celebración del día Nacional del Bombero Voluntario.
ARTICULO 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas.
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE-