EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 7.843/19
ARTICULO 1º: Créase en la Órbita de la Secretaría de Servicios Públicos, la GUARDIA PERMANENTE DE SERVICIOS PUBLICOS (GPS).-
ARTICULO 2º: Dotar del equipamiento necesario al área, con el fin de realizar las tareas descriptas en el art. 9 de la ordenanza 6022.-
ARTICULO 3º: Destinar en primera instancia todas las tareas de la GUARDIA PERMANENTE DE SERVICIOS PUBLICOS (GPS), a los reclamos vinculados con el incumplimiento de la ordenanza citada.-
ARTICULO 4º: Instruir al área de atención de la línea 147 con el fin de centralizar y recibir las denuncias o reclamos.-
ARTICULO 5: Instruir a la Secretaría de Prensa Municipal, a generar la difusión de la ordenanza 6022, vinculando la misma con los reclamos que se pueden realizar en la línea 147.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Expediente Nº 16.494/18.-