EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 8190/19.

ARTICULO 1º: Autorícese a la Oficina de Comercio Pymes y Emprendedores, Coordinador Sr. Juan Ozán, DNI: 23.516.542, el Uso del Espacio Público, en plaza Lavalle, el día 7 de septiembre, en el horario de 07:00 hs. a 14:00 hs. y el día 21 de septiembre de 2019, frente al Palacio Municipal de la ciudad de Chacabuco, en el horario de 07:00 hs. a 14:00 hs. En caso de lluvia se autoriza el uso del espacio público, para el sábado inmediato y posterior requerido. Motivo: Mercado de Abastecimiento Barrial.

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar mesas, sillas, puestos, carpas y gazebos.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTÍCULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. –

Expediente Nº 17.537/19