EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.222/19
ARTICULO 1º: Autorizase a Asociación de Bomberos Voluntarios de O´Higgins, el Uso del Espacio Público y corte de calles San Martín entre Bartolomé Mitre y Alsina; Alsina entre San Martín y Moreno y Bartolomé Mitre entre San Martín y Moreno, los días 7, 8 y 9 de febrero de 2.020, durante toda la jornada, hasta las 3:00 hs. del día posterior al último solicitado. Motivo: Festival Provincial de la Empanada.
ARTÍCULO 2º: Se autoriza a los solicitantes a instalar un escenario, carpas y sillas.
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por Accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Expediente Nº 17.577/19