EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 8.252/19

ARTICULO 1º: Convalídese el Contrato celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Intendente Municipal Dr. Víctor R. Aiola y la firma “San Agustín”, representada por el Sr. Mariano José Pereyra, DNI: 24.728.327, para prestar el servicio de Fumigación y Desratización en Establecimientos Educativos de Chacabuco, por el término de 12 meses, por la suma de Pesos Treinta y Dos Mil ($ 32.000), IVA Incluido. Expte. Administrativo D.E. Nº 4029-240/19

Artículo 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

Artículo: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

Expediente Nº 17.640/19.-