EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 8.288/19

 

ARTICULO 1º: Reconózcase a la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco Ltda. CUIT: 30-51769389-4, la deuda de facturas correspondientes al servicio de energía eléctrica del Hogar de Ancianos de la localidad de Rawson, por la suma de $ 274.085,70, (Pesos Doscientos Setenta y Cuatro Mil Ochenta y Cinco con 70/100), de acuerdo al art. 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, referente a Expedientes Administrativos Nº 4029-4312/18 y 4029-6309/18.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

EXPTE. Nº 17.666/19