EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.342/20

ARTICULO 1º: Autorizase a la Municipalidad de Chacabuco, Secretaría de Producción, el Uso del Espacio Público en Pasaje Beltrán entre calles Zapiola y Alberdi de la ciudad de Chacabuco, el día 9 de febrero de 2020, de 18:00 hs. a 23:00 hs. Motivo: Programa “Feria Impulsar”.

Artículo: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar, puestos metálicos con lonas.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

Expediente Nº 17.829/20