EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.325/20
ARTICULO 1º: Autorizase a la Asociación Psicología Social para la Salud Mental, y en representación de la misma, a la Sra. Beatriz Olivera, DNI: 5.799.764, el Uso del Espacio Público y Corte de Calle Mendoza, entre las calles 9 de Julio y 25 de Mayo, de la ciudad de Chacabuco, el día 22 de diciembre de 2.019, en el horario de 18:00 hs. a 24:00 hs. Motivo: Cierre de actividades de Curso y Talleres.
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes a instalar en el lugar equipo de sonido, mesas, sillas,
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
Expediente Nº 17.758/19.-