EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.471/20

 

ARTICULO 1º: Crease la “Comisión de Políticas de Genero y Diversidad” en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante, cuyo funcionamiento estará regido por el Reglamento Interno del mismo.

ARTÍCULO 2º: La Comisión tendrá en cuenta que los temas no conlleven connotaciones políticas y/o partidarias, sino que tenga como resultado la igualdad y la equidad del “ser humano” como fin único e irremplazable.

ARTÍCULO 3º: La Comisión estará conformada por un integrante de cada bloque político del Concejo Deliberante. Quienes firmarán los dictámenes y resoluciones de ésta Comisión. Los Concejales que no sean miembros de la Comisión, podrán asistir a las reuniones y tomar parte de las deliberaciones. Como así también los empleados de los Bloques y de la Secretaria del Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 4º: La Comisión dictaminará en todo proyecto o asunto relativo a proyectos de adecuación e implementación de políticas públicas con enfoque de género. Tendrá intervención en todo lo relacionado con la promoción de igualdad equidad de género y diversidad, promoviendo la erradicación de todas las formas de discriminación y violencia de género hacia las mujeres y diversidades e impulsando acciones que contribuyan a la construcción y fortalecimiento de la igualdad y equidad de géneros.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 17.951/20.-