EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.485/20

ARTICULO 1º: Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial 14.449, y al decreto Reglamentario 1.062/2013 “Ley de Acceso Justo al Hábitat”.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 18.031/20.-