EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.492/20

 

ARTICULO 1º: Convalidase Contrato de Locación, suscripto entre la Municipalidad de Chacabuco, y la Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense, (A.A.D.O.B.), para la prestación de Servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación, en el Hospital Municipal Nuestra Señora del Carmen.

ARTICULO 3º: El plazo de la locación tendrá una duración de doce meses, contados a partir del 1º de julio de 2020, hasta el 30 de junio de 2021.

ARTICULO 3º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 18.052/20.-