EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.508/20

ARTICULO 1º: Autorizase a “Ingar Urbanizaciones S.A.,  30-70873453-1 y en representación de la misma al Sr. Martín Colla, en calidad Presidente, el Uso del Espacio Público, uso del suelo y apertura de zanjas, para ejecutar el tendido de cañerías, para ampliación de red de gas natural, en las calles que a continuación se detallan:

Proyectos de Camuzzi Gas Pampeana S.A.

  • N° 08-00-6915-00-20, sector comprendido por calles:

Mendoza  y Haroldo Conti, de la ciudad de Chacabuco.

  • N° 08-00-6816-00-19, sector comprendido por calles:

Villegas entre San Isidro labrador y Soberanía Nacional, de la ciudad de Chacabuco.

  • N° 08-00-6730-00-19, sector comprendido por calles:

Mármol entre Almafuerte e Ituzaingó, de la ciudad de Chacabuco.

  • N° 08-00-6817-00-19, sector comprendido por calles:

9 de Julio y Casasco, de la ciudad de Chacabuco.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que surgir durante el desarrollo de la obra solicitada.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Inscríbase y archívese.

Expediente Administrativo D.E. Nº 4029-1760/20.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

Expediente Nº 18.107/20.-