EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8.509/20.

 

ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B), representada por el Sr. Intendente, Dr. Víctor Reinaldo Aiola y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Ministro, Lic. Agustín Simone, por el financiamiento del proyecto de obra consistente en la construcción de cordón cuneta en 6 calles y 3 bocacalles de la ciudad de Chacabuco, que incluye además la realización de un mejorado con piedra, previa ejecución de una base de suelo cal al 4% de cal útil en peso. El monto de la obra asciende a la suma de Pesos Once Millones Sesenta y Dos Mil Cuatrocientos ($ 11.062.400,00).

ARTICULO 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. –

 

Expediente Nº 18.119/20