EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8.512/20

ARTICULO 1º: Condónese la deuda por “Tasa de Infraestructura Urbana y Social” (T.I.U.S.) correspondiente al período que va desde el mes de enero de 2020 al mes de septiembre de 2020 inclusive, que grava el inmueble, propiedad de “Asociación Miguel Máximo Gil”, Personería Jurídica N° 1392 (Socio 16.406), con domicilio en calle Santa Fe Nº 130, de la ciudad de Chacabuco (B). Expediente Administrativo: 4029-2204/20

ARTICULO 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. –

 

Expediente Nº 18.100/20