EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N ZA Nº 8.577/20
ARTICULO 1º: Autorizase a la Parroquia San Isidro labrador, Cura Párroco Lucas Jerez, el Uso del Espacio Público y Corte de calle Padre Doglia entre las calles Belgrano y Alte. Brown, de la ciudad de Chacabuco, el día 7 de diciembre de 2020, en el horario de 20:00 hs. a 23:00 hs.. Motivo: Festividad de la Inmaculada Concepción de la Virgen María.
ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Inscríbase y archívese.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. SESIÓN NÚMERO NOVECIENTOS DIECISEIS.-
Expediente Nº 18.245/20.-