EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 8.641/21
ARTICULO 1º: Autorizase al Señor Alejandro Lancuba, DNI 21.950.517, titular del local comercial denominado: “Restaurante Kuba`s”, al Uso del Espacio Público, en la vereda de calle Primera Junta Nº 99, de la ciudad de Chacabuco, el día 15 de febrero de 2021, en la franja horaria comprendida entre las 19:00 hs y las 21:30 hs. Motivo: Reserva de espacio para instalación de equipo de emisión de música fonograbada, reproducida por un disc-jockey.
ARTICULO 2º: Las actividad a realizarse, deberá ser coordinada con el área de Tránsito Municipal, bajo apercibimiento de tener por anulado en forma automática el permiso otorgado, debiendo el solicitante en forma previa, acreditar el pago del canon de utilización de espacio público respectivo.
ARTICULO 3º: A los fines mencionados en el artículo anterior, la presente autorización deberá ser remitida por el Sr. Lancuba a la Subsecretaria de Transito sita en calle Maipú Nº 113, de la ciudad de Chacabuco.
ARTICULO 4º: El peticionante será exclusivamente responsable, ante cualquier inconveniente o accidente que pueda surgir durante el desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.
ARTICULO 5º: El requirente deberá cumplir con la manda establecida por el art 4 bis de la Ordenanza Nº 7639, el cual establece “En caso de que el peticionante manifieste que se utilizaran equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, en el plazo de 48 horas posteriores al otorgamiento del Espacio Público solicitado, teniendo en cuenta la cantidad manifestada de concurrentes. En caso de suspensión del evento que motiva el pedido de espacio público, el pago efectuado de SADAIC, será válido para la nueva fecha programada.”
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 922, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
Expediente Nº 18.350/21