EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 8.693/21

ARTÍCULO 1º: Otórguese el uso de espacio público exclusivo, para estacionamiento de 6 (seis) metros de largo a Claudio Nole frente a su domicilio en calle Santa Fe 220, de la ciudad de Chacabuco (B), fundado en su discapacidad motriz.

ARTICULO 2°: Los 6 (seis) metros se otorgan contados a partir de su línea medianera, teniendo en cuenta los 3 (tres) metros de garaje propio más los 3 (tres) metros contiguos de su vereda.

ARTÍCULO 3º: El uso de espacio exclusivo de estacionamiento, tendrá una validez de 2 años a partir de la promulgación de la presente, con opción de renovación y caducidad si cesare el causal de la presente solicitud.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 923, A LOS TREITA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

Expediente H.C.D. Nº 18.374/21