EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8.791/21

ARTICULO 1º: Autorizase al Sr. Sergio Le Pera, DNI: 33.681.931, en carácter de representante técnico y apoderado de la Empresa de Telecomunicaciones NEO, el Uso del Espacio Público, para tendido de cable de fibra óptica, necesario para proveer servicio de internet de banda ancha.

ARTÍCULO 2º: El uso de Espacio Público, quedará supeditado al permiso que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal, autorice y otorgue para cada instalación en particular, según corresponda y a la presentación de la documentación que aporte la misma. Posteriormente el uso de espacio público particular deberá ser otorgado por este Honorable Cuerpo.

ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes                                                          que pudieran surgir durante desarrollo de la obra mencionada en el artículo primero.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la realización de la misma, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA Nº 929.

 

Expediente Nº 17.936/20