EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.158/22

ARTÍCULO 1º: Créase el Taller de Promoción y Sensibilización sobre “Uso de Sistemas de Retención Infantil”, dentro del Curso Municipal de “Preparación para la maternidad y/o Paternidad” en el distrito de Chacabuco.

ARTÍCULO 2º: El objetivo general de este taller es promover el uso y correcta utilización de los Sistemas de Retención Infantil en los automóviles; para ello es oportuno y necesario llevarlo a cabo en ámbitos propicios y de mayor impacto de sensibilización, como los son los cursos de “Preparación para la Maternidad y/o Paternidad”.

ARTÍCULO 3º: El proceso de aprendizaje se desarrollará de forma teórico/práctica en el mencionado “Taller”, el cual tendrá carácter obligatorio para los inscriptos al curso específico, con una carga horaria estimada de 60 minutos.

ARTÍCULO 4: En el curso brindado se abordarán contenidos de sensibilización en seguridad vial, como así también un abordaje integral sobre las etapas de crecimiento en 5 grupos para definir cuál y que Sistema de Retención Infantil es el indicado según lo establecido por la Organización Mundial de la Salud. Por último, las consecuencias leves y graves que puede provocar el no uso o uso incorrecto de los cinturones de Seguridad o Sistemas de Retención Infantil, entre otros.

ARTÍCULO 5º: El taller estará a cargo del personal de Educación Vial y personal de salud correspondiente.

ARTÍCULO 6º: Disponer de un Sistema de Retención Infantil, suficiente, acorde a las primeras etapas para un correcto desarrollo del “Taller”.

ARTÍCULO 7º: Una vez finalizado el proceso de formación, la Oficina de Educación Vial conjuntamente con la Secretaría de Salud extenderá a las/os concurrentes un certificado que acreditará su asistencia.

ARTÍCULO 8º: Con el fin de promover su uso, se arbitrarán los medios para promover acciones necesarias para acordar con los establecimientos que comercialicen este producto, consideren adherir y apoyar el presente proyecto de Ordenanza para generar posibilidades de adquisición para todos/as los vecinos, suscitando e impulsando la venta de los Sistemas de Retención Infantil con promociones a través de planes de pagos accesibles y/o la inclusión de lo mismo en programas de financiación como lo son el Ahora 12 y Ahora 18.

ARTÍCULO 9º: La Oficina de Educación Vial y la Secretaría de Salud serán las dependencias de aplicación de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 10º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá dotar de los medios materiales y el personal idóneo y capacitado para tal fin, para cumplir con eficiencia el objetivo anhelado.

ARTÍCULO 11º: Los recursos en las partidas presupuestarias para el correcto funcionamiento del Taller de promoción y Sensibilización sobre el “Uso de Sistemas de Retención Infantil”, dentro del Curso Municipal de “Preparación para la maternidad y/o Paternidad”, atendiendo al contexto actual, deberán ser previstos en el Presupuesto Municipal de 2023.

ARTÍCULO 12º: Toda situación no contemplada por la presente Ordenanza será considerada y resuelta por la Autoridad de Aplicación.

ARTICULO 13°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 948, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Expediente Nº 18.198/20