EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  9.186/22

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Social, la escrituración de inmuebles que forman parte de la Quinta 919, pertenecientes a beneficiarios del Plan Familia Propietaria, de la Ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, según Ley 10.830 arts. 2º y 4º Inc. c) y d), enumerados a continuación:

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 949, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Expediente Nº 19.206/22