EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.285/22
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Municipalidad de Chacabuco, CUIT: 30-99908326-5, la afectación de fondos de futuros ejercicios por la contratación del servicio de mantenimiento, conservación y reparación de la Red Semafórica Municipal, por un plazo de 12 meses, contados a partir del 01/05/2022 hasta el 30/04/2023, adjudicado mediante Decreto Nº 395/21 (Taborda Ricardo Hernán) y según las constancias del Expediente Nº 4029-0197/21.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 952, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Expediente Nº 19.427/22