EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.308/22

ARTÍCULO 1º: Convalidase el Contrato de Locación, celebrado entre la Municipalidad de     Chacabuco (B) representada por el Intendente Municipal, Dr. Víctor Aiola DNI: 22.120.807 y el Sr. Leandro Traverso DNI: 26.796.457, de un inmueble ubicado en la calle Maipú Nº 879, de la ciudad de Chivilcoy (B), Partida Inmobiliaria Nº 028-038506, Nomenclatura Catastral: Circ. 18 – Sec. F – Qta: 123 – Mza: 123 D – 1 C., para el funcionamiento de la Casa de Estudiantes de Chacabuco en la ciudad de Chivilcoy,  por un período de12 (doce) meses, contados a partir del día 1 de julio de 2022, hasta el día 30 de junio de 2023, por un monto mensual de $44.000 (pesos cuarenta y cuatro mil).

ARTICULO 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 953, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.456/22