EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.374/22

ARTÍCULO 1º: Convalídese el contrato de locación celebrado ente la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Sr. Intendente Municipal, Víctor Aiola y el Sr. Ricardi, Alfredo Raúl, DNI 14.965.665, por el local ubicado en calle Alte. Brown Nº 137, para el funcionamiento de un Centro Integrador Comunitario (C.I.C.),  por el plazo de 3 (tres) años, a partir del día 01 de agosto de 2022 , hasta el día 31 de julio de 2025, por un monto de $90.000 (noventa mil pesos) para el primer año de alquiler, y para el segundo y tercer año, el precio se ajustará semestralmente utilizando el índice para Contratos de Locación (ICL) elaborado y publicado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), conforme a la Ley. Nº 27.551.

ARTÍCULO 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 956, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expte. Nº 19.545/22