EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A  Nº  9.503/22

ARTICULO 1º: Autorícese al Área de Discapacidad Municipal y a la Secretaría de Cultura, Educación, Deporte y Juventud, el Uso del Espacio Público en Reconquista Nº 26 y corte de tránsito vehicular en su intersección con calles San Martín y Pueyrredón, el día 03 de diciembre del corriente año, en el horario de 17:00 hs. a 21:00 hs.

Motivo: Cierre de la “Semana de la Promoción de los Derechos de las Personas”.

ARTÍCULO 2º: Autorícese a los solicitantes a instalar escenario, gazebos, mesas, sillas, equipo de sonido, baños químicos e inflables.

ARTICULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo de la actividad mencionada en el artículo anterior.

ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza  Nº  6.541/15.

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 960, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Expediente Nº 19.782/22