EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 9.542/22
ARTICULO 1º: Autorizase a Quimey Co, y en representación al Sr. Martín Lacentra, DNI: 24.728.104, el Uso del Espacio Público y corte de tránsito vehicular en calle Villegas Nº 375, entre Andrés de Vera y 14 de Julio, el día 22 de diciembre del corriente año, en el horario comprendido entre las 20:00 hs y 02:00 hs. del día posterior.
Motivo: Festejos de fin de año.
ARTÍCULO 2º: Autorizase la colocación de mesas, sillas, equipo de sonido e iluminación.
Artículo 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
Artículo 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 961, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
Expediente Nº 19.859/22.