VISTO: Que los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco no cuentan con una bandera que los identifique, y;
CONSIDERANDO: La importancia de que posean una bandera símbolo del grupo, para que los y nos representen en todos los eventos a los que concurren a nivel Local, Provincial, Nacional o Internacional.
Que este año es el 40º aniversario de la guerra de Malvinas.
Que los integrantes del grupo de Ex Combatientes han manifestado su interés en crear una bandera que los represente tanto en cada acto patrio que se realice en el Partido de Chacabuco como a lo largo de la República Argentina.
Que es importante y necesario la creación de un símbolo de identificación y pertenencia de los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco, pues constituye un símbolo ineludible de la realidad cotidiana, transformándose en un símbolo representativo y de identidad, como se han reconocido institucionalmente a las banderas nacionales, provinciales, regionales y locales.
Que los Ex Combatientes del partido de Chacabuco poseen distintos elementos que hacen a las características e identidad propia, por lo tanto, deben estar plasmados en un símbolo que los represente. Para tal fin se debe generar un espacio de deliberación, pluralidad y participación para la elaboración de una bandera que los identifique como grupo.
Que toda actividad que se realice en torno a los Ex Combatientes de Malvinas, mantiene viva la lucha de soberanía argentina sobre las islas y motiva a la población a no claudicar en el dicho reclamo.
Que la propuesta es crear un concurso o certamen donde puedan participar todos los alumnos de nuestra comunidad de distintos niveles, y modalidades, presentando sus diseños de la “Bandera de los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco”.
Que además del objetivo final y principal de contar con dicha Bandera, se estarían logrando otros objetivos que no dejan de ser importantes como, por ejemplo: tener mayor conocimiento de nuestra Islas Malvinas, su historia y lucha, y una mayor identificación con el reclamo argentino de soberanía; la construcción grupal y comunitaria; el desarrollo de capacidades artísticas, de trabajo en equipo, etc.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.640/23
ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, proceda a convocar a un «Concurso Público» para el diseño de la «Bandera de los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco».
ARTÍCULO 2º: CARACTERISTICAS DEL CONCURSO
- La Municipalidad de Chacabuco deberá llamar a concurso público de propuestas para la realización de la «Bandera de los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco» a través de la Secretaría Municipal de Cultura, Deportes, Educación y Juventud a todas las Escuelas e Instituciones no educativas que deseen participar del mencionado proyecto.
Podrá participar cualquier vecino que resida en el Partido de Chacabuco. Los trabajos deberán ser de creación grupal, pudiendo contar con el asesoramiento de un mayor, que será el «Tutor o responsable» del grupo. - El hecho de intervenir implica el reconocimiento y aceptación de todas las disposiciones de estas Bases. Ningún participante podrá reclamar ni recurrir a propaganda que trate de desvirtuar el fallo del Jurado. El fallo del Jurado será inapelable.
- Si los trabajos presentados por los interesados no reunieran las condiciones necesarias en los parámetros formales y técnicos, el Jurado podrá declararlos fuera de concurso.
- De la misma manera, podrá declarar el concurso desierto y llamar posteriormente a un nuevo concurso.
ARTÍCULO 3º: CONSIGNAS BASICAS. Se deberán respetar consignas básicas, tanto en la forma técnica de presentación de la propuesta, la explicación de su simbología, como ciertas pautas a tener en cuenta para su elaboración:
- Contar con referencia de colores o con el fondo de la Bandera Nacional Argentina.
- Contar con la silueta o alguna referencia directa de la imagen de las Malvinas Argentinas.
c.El trabajo presentado deberá ser inédito, presentando cada autor un único trabajo grupal.
d.No puede portar leyendas o símbolos que aludan a partidos políticos, movimientos sociales, ni a personas.
e.Tiene que ser simbólicamente identificable para la población y expresar la mayor cantidad de ideas, en pocos objetos, plasmados en la insignia.
f.Tiene que ser fácilmente reproducible tanto en pintura como en costura y debe ser distinguible a larga distancia sin que sus colores u objetos se vean borrosos o alterados.
g.De las Indicaciones Técnicas.
Se ha utilizado como fuente las recomendaciones de la Federación Internacional de Asociaciones Vexilológicas (FIAV) y de la Asociación Argentina de Vexilología.
ARTÍCULO 4º: EN RELACIÓN A LA FORMA EXTERIOR. Solo se podrá utilizar la forma rectangular y considerar que el asta, estará dispuesta la izquierda del observador.
ARTÍCULO 5º: EN RELACIÓN A LAS DIVISIONES DE LA BANDERA. Cuando la bandera se divida podrá hacerse solo en fracciones iguales, no excediendo las 3 partes, en sentido horizontal, vertical u oblicuo. Se aceptarán la combinatoria de las formas de divisiones antes mencionadas.
ARTÍCULO 6º: EN RELACIÓN A LAS FIGURAS Y ESCRITURA.
FIGURAS:
- En todos los casos, las figuras que se utilicen, deben guardar una estrecha relación con el marco histórico, político y cultural de las Islas Malvinas Argentinas y la guerra por la recuperación en el año 1982.
- Las figuras deben ser pocas (no más de 5), para favorecer una clara visión a la distancia; será de construcción sencilla y fácil de diferenciar unas de la otra.
- Si la figura elegida es un animal, éste debe mirar el asta; en el caso de utilizar armas se deberá tener en cuenta que se colocarán con las puntas hacia arriba (victoria), salvo que se quiera simbolizar las armas vencidas en cuyo caso se colocarán con la punta hacia abajo.
- Si la figura elegida tiene el mismo color que el fondo es fundamental que se filetee su contorno para que se pueda distinguir clara y rápidamente el paño de la figura.
Se podrán utilizar figuras:
- Naturales: es decir aquellas que representen algún aspecto del marco natural de las Islas Malvinas Argentinas: plantas, flores, animales, entre otros (Dentro de este grupo se incluyen las figuras humanas).
- Artificiales: en este grupo se incluyen todas aquellas cosas que han sido creadas por el hombre (armas, edificios, entre otros).
- Escritura: La bandera deberá llevar la escritura: “Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco”.
ARTÍCULO 7º: EN RELACION A LOS COLORES. Al igual que las figuras, los colores deben ser claramente distinguibles y definidos. Todos con sus graduaciones (luz y 1,4 sombra) y matices.
- Los colores que se utilicen deben ser elegidos teniendo en cuenta que sean reflejo de aspectos naturales, religiosos, políticos y culturales que hacen a la historia de las Islas Malvinas Argentinas y la guerra del año 1982.
- Los colores, teniendo en cuenta la Vexilología y la forma de describir los colores definidos por la Federación Internacional de Asociaciones Vexilológicas, son:
Rojo: simboliza la valentía, intrepidez, fortaleza.
Verde: simboliza la esperanza, abundancia, cortesía.
Azul: simboliza la justicia, lealtad, perseverancia.
Celeste o azul celeste: simboliza el cielo, los mares y la paz.
Purpura o violeta: simboliza la devoción, grandeza, v sabiduría.
Negro: simboliza el duelo, prudencia, austeridad, firmeza.
Blanco: simboliza la pureza y la inocencia, pero, sobre todo, en los símbolos, se le da el valor de paz.
Gris: simboliza las riquezas minerales del subsuelo de la región.
Marrón: simboliza la riqueza de la tierra.
Naranja: simboliza la renunciación y desinterés.
Amarrillo: simboliza al metal oro.
Oro: simboliza la nobleza, poder, y soberanía.
Plata: simboliza la templanza, verdad, integridad. Todos con sus graduaciones (luz y sombra) y matices.
ARTÍCULO 8º: ETAPA DE DIFUSIÓN Y CONCIENTIZACION. Difundir la importancia de poder tener un símbolo tan preciado como lo es una Bandera, que represente a los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco. Se efectuará mediante publicidad e instructivos a repartir en la comunidad, y charlas informativas a cargo de los organizadores abierta a todos los interesados.
ARTÍCULO 9º: JURADO
- ETAPA DE PRESELECCION. En esta primera etapa podrán inscribirse todos los grupos que deseen.
La selección de los primeros trabajos estará a cargo del equipo directivo de cada institución escolar o la Comisión Directiva de las Instituciones no Educativas que estén participando.
El equipo Directivo podrá designar docentes especializados en Historia, Ciencias Sociales, Geografía, Plástica, Artística y Naturales para que la tarea evaluativa de los trabajos sea menos ardua y más objetiva. • Esta primera etapa finalizará cuando queden seleccionados uno o dos (como máximo) trabajos por Institución.
- ETAPA DE SELECCIÓN FINAL. El Jurado en la selección de los trabajos finales estará integrado por:
Representantes de los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco.
Secretaria Municipal de Cultura, Deporte, Educación y Juventud del Partido de Chacabuco.
El Presidente del H.C.D. de Chacabuco.
Un Concejal de cada bloque del H.C.D. de Chacabuco.
Un representante del Consejo Escolar.
Un representante de Jefatura de Inspección.
Un docente especializado en el área de Historia.
Un docente especializado en el área Geografía.
Un docente especializado en el área de Ciencias Sociales.
Un docente especializado en Artes Plásticas y Visuales.
Un representante especializado en Diseño Gráfico.
Un representante de la Escuela de Actividades Culturales
Un representante del Museo y Archivo Histórico Municipal.
El Jurado funcionará con un quórum constituido por la mayoría de sus miembros. Al proceder al otorgamiento de los premios, el fallo se realizará por consenso del Jurado, de no haberse alcanzado el mismo, se realizará con el voto directo de sus miembros (siempre deberá ser impar). El Jurado labrará un acta donde se deje constancia del resultado del concurso, y los Jurados deberán estar inscriptos previamente a la selección.
El Jurado podrá votar (otorgándole 1 punto a cada uno) hasta un máximo de 3 trabajos.
Los trabajos seleccionados se expondrán en la Galería del Teatro Italiano. La votación del público podrá votar virtualmente, a través de Internet, el trabajo más votado obtendrá un valor de 3 puntos.
- FORMA DE PRESENTACION DE LOS TRABAJOS.
- Los trabajos deberán presentarse en la Secretaría Municipal de Cultura, Deportes, Educación y Juventud, ubicada en Moreno 178, de la ciudad de Chacabuco, para lo cual se fijará fecha tope de entrega a acordar.
- La Comisión se expedirá antes de los 10 días de la fecha fijada en el Inciso a.
- Forma de presentación:
- Lo modelos se deberán presentar en un panel de cartón liviano, rígido, de 35 x 70cm apaisado, con la imagen a escala de tamaño propuesto; firmado, y en versión digital (pendrive o CD).
- Un sobre cerrado consignando los datos del tutor (indicando escuela y curso que representa), DNI, Teléfono (fijo y celular), Domicilio y Correo Electrónico.
III. Al Jurado se le deberá agregar la fundamentación de la obra con una extensión máxima de una página, A4, escrito en letra Arial 12.
ARTÍCULO 10º: EXPOSICION, PUBLICACION DE LOS TRABAJOS. Luego de pronunciado el fallo, los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco, se reservan el derecho de exponer y/o publicar todos los trabajos. El trabajo acreedor al premio será utilizado por los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco. La imposibilidad del uso con fines de lucro alcanza incluso al autor del diseño ganador.
ARTÍCULO 11º: PRESENTACION DE LA BANDERA DEL PARTIDO DE CHACABUCO. Será en un acto público con la participación de todas las instituciones intermedias del Partido de Chacabuco, como así también la comunidad, con la entrega del premio al ganador y explicación de la simbología que encierra, mención de todos los participantes y al autor del proyecto sobre la creación.
Una vez seleccionada la bandera, esta será entregada a los Ex Combatientes de Malvinas del Partido de Chacabuco.
ARTÍCULO 12º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 967, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 19.978/22