EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.706/23
ARTÍCULO 1º: Convalídese el contrato de Provisión de Oxígeno Medicinal, celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Intendente Municipal, Dr. Víctor Aiola DNI: 22.120.807 y la firma AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A, (CUIT Nº 30-50085213-1), representada por el Sr. Omar Axel Gelroth Balbi, DNI: 30.558.669, a través del cual el prestador brindará la provisión de oxígeno medicinal a granel y en tubos, con destino al Hospital Municipal Nuestra Señora del Carmen, incluidos los Centros de Atención Primaria de la Salud y Centros de Salud de las Delegaciones de Rawson, Castilla y O´Higgins, por un monto de $34.164.994 (Pesos treinta y cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil novecientos noventa y cuatro) IVA incluido.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 968, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.039/23