EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.707/23

ARTICULO 1º: Condónese la deuda por tasas municipales, en concepto de Servicios Generales Urbanos, que mantiene el inmueble ubicado en calle San Lorenzo Nº 16, de la ciudad de Chacabuco, Partida Municipal Nº 026-030562-0, perteneciente a Roberto Antonio Cuozzo, D.N.I. Nº: 12.217.372, por un monto total de $33.518,13 (pesos treinta y tres mil quinientos dieciocho con trece centavos).

ARTÍCULO 2º: En virtud de que el contribuyente posee un certificado de discapacidad, está en condiciones de acercarse a la Oficina de Recaudación para tramitar la eximición de sus tasas, según lo establecido en el artículo pertinente de la Ordenanza Impositiva Anual.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 968, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Expediente Nº 19.949/23