EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.712/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase a Molino Chacabuco S.A, el uso de espacio público en calle Sarmiento entre Cervantes y Mitre de Chacabuco, sobre mano izquierda según sentido de circulación, para reparación de vereda y colocación de perfil de garage entre dos portones, de acuerdo a las constancias obrantes en el Expediente Municipal Nº 4029-5521/22.
ARTÍCULO 2º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 968, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 19.985/23