EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.822/23
ARTICULO 1º: Autorizase a la Municipalidad de Chacabuco, el uso de espacio público en Plaza 5 de agosto, de la ciudad de Chacabuco, el día 5 de agosto de 2023, en el horario de 09:00hs a 11:00hs.
Motivo: Acto protocolar Aniversario Nº 158 de Chacabuco y Día de la Bandera de Chacabuco.
Artículo 2º: Autorizase a los solicitantes la colocación de equipo de sonido y sillas.
ARTÍCULO 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.
ARTICULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTÍCULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 973, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.222/23