EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.841/23
ARTICULO 1º: Convalídese el Decreto Municipal Nº 1.426/23, referente a la ampliación del Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio 2023, en la suma de pesos setenta millones cuatrocientos treinta y nueve mil seiscientos noventa y seis con 52/100 ($ 70.439.696,52), en la partida presupuestaria: 22.204.02 – Convenio Vialidad Nacional.
ARTICULO 2º: Convalídese el Decreto Municipal Nº 1.426/23, referente a la ampliación del Presupuesto de Gastos correspondiente al Ejercicio 2023, en la suma de pesos setenta millones cuatrocientos treinta y nueve mil seiscientos noventa y seis con 52/100 ($ 70.439.696,52), en la cuenta:
Jurisdicción 111.01.09.000; Secretaría de Obras Publicas.
Estructura programática 71 – Ordenamiento y Ampliación de la Red de Movilidad y Servicios. Estructura Programática 85 – Pavimentación de Acceso a Chacabuco por avenida Juan Domingo Perón – Partida 4.2.20; Construcción de Bienes de Dominio Público.
Expediente D.E.M.: 4029-3648/23
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 974, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.304/23