EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A Nº 9.860/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Dirección de Juventud, y en representación de la misma a su Directora Araceli Fernández, DNI: 37.942.929, el Uso del Espacio Público, frente al Palacio Municipal y Plaza San Martín, de la ciudad de Chacabuco, el día 21 de septiembre de 2023, en el horario de 14:00 hs. a 20:00 hs. Motivo: Festejos Día de la Primavera y del Estudiante.
ARTÍCULO 2º: Autorizase a los solicitantes la instalación de un escenario, carpas y equipo de sonido.
Artículo 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante desarrollo del evento mencionado en el artículo 1º.
ARTÍCULO 4º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento, serán afrontadas única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de músicay/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 975, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.301/23