EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.876/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, el uso de espacio público para la instalación de un (1) reductor de velocidad sobre Calle N° 381, en su intersección con calle Almafuerte, según croquis presentado por la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial, y justificando su ubicación por su proximidad a la Escuela EP N°20, garantizando una mayor seguridad en el tránsito desde y hacia este establecimiento. Departamento Ejecutivo Municipal Expte. 4029-2612/23
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA Nº 975, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Expediente Nº 20.220/23