EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 9.937/23
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, el uso de espacio público para la instalación de un (1) reductor de velocidad sobre Avenida Arenales, mano ascendente y descendente, metros antes de su intersección con calle 9 de Julio.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 977, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Expte. Nº 19.478/22