EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 9.937/23

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, el uso de espacio público para la instalación de un (1) reductor de velocidad sobre Avenida Arenales, mano ascendente y descendente, metros antes de su intersección con calle 9 de Julio.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN Nº 977, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

Expte. Nº 19.478/22