EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA N° 10.023/24
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Santiago Carnaghi, DNI: 27.386.390 el uso del espacio público en plaza Barrio La Ilusión, entre calle Artigas, Dr. Terrile, La Rioja y Guardia nacional, de la ciudad de Chacabuco, el día 03 de marzo de 2.024, en el horario de 16:00 hs. a 02:00 hs. Motivo: Carnaval Barrial.
Artículo 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante lo peticionado.
ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por la solicitante.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION ORDINARIA NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Expediente Nº 20.559/24