VISTO: La necesidad de sensibilizar a la población sobre la endometriosis, sus síntomas, diagnóstico temprano y opciones de tratamiento, y: 

CONSIDERANDO:

Que la endometriosis es una enfermedad que afecta a millones de mujeres en todo el mundo y se caracteriza por el crecimiento anormal del tejido que normalmente recubre el útero (endometrio) fuera de este, provocando dolor, infertilidad y otros síntomas debilitantes.

Que, puede tener un impacto significativo en la calidad de vida de las mujeres, interfiriendo con su capacidad para trabajar, estudiar y participar en actividades cotidianas.

Que a pesar de su prevalencia y gravedad, la endometriosis sigue siendo una enfermedad poco comprendida y subestimada, lo que lleva a retrasos en el diagnóstico y tratamientos inadecuados.

Que, el diagnóstico temprano y el acceso oportuno a tratamientos adecuados son fundamentales para mejorar la calidad de vida de las personas con endometriosis.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 10.041/24

ARTÍCULO 1º: Declárese en el Partido de Chacabuco la “Semana de la Endometriosis” en concordancia con el 14 de marzo declarado “Día Mundial de la Endometriosis” por la Organización Mundial de la Salud.

ARTICULO 2º: Establézcase la implementación de una campaña anual y obligatoria por parte de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Chacabuco, orientada a la información, y concientización, así como a la difusión y actualización médica de los profesionales de los Centros de Salud Municipal, por parte de un equipo especializado en endometriosis, con el objetivo de posibilitar su diagnóstico precoz, control y tratamiento adecuado e integral.

 ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo coordinará actividades de difusión y concientización que se llevarán a cabo en el transcurso de la semana del 14 de marzo de cada año.

 ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), EN EL MARCO DE LA SESIÓN NUMERO NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

EXPTE. Nº 20.593/24.